¿Cómo presentar ganancias de una entidad exenta sin que surja impuesto a pagar?
Ver tipo de entidad
Incisos del art (ex 20) LIG
Ver que se cumplan todas las condiciones DE LA LEY
Ademas ver RG 2681/09, para el RECONOCIMIENTO de la exencion por parte de AFIP
Cuando pedimos la exencion, entre otros requisitos, AFIP pide:
"f) Haber cumplido -de corresponder- con la presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias, el informe para fines fiscales y los Estados Contables, de acuerdo con el procedimiento establecido por la RG 3.077, vencidos a la fecha de la solicitud."
Opciones
1) La sugerida por AFIP:
- Confeccionar ddjj IG segun balance
- No hacer ningun ajuste
- Determinar saldo a pagar de ganancias
- Presentar la DDJJ y PAGAR el impuesto
- Solicitar exencion retroactiva
- Luego de obtenida la exencion retroactiva, solicitar la repetición del impuesto a las ganancias.
2) Otra alternativa:
- Confeccionar ddjj segun balance
- Hacer ajuste en aplicativo
- NO determinar saldo a pagar de ganancias
- Presentar la DDJJ con impuesto CERO
- Solicitar exencion retroactiva.
Ajustes en el aplicativo de Ganancias
¿Qué pasa si AFIP pretende objetar la opcion 2?
Nota explicativa a AFIP
Fallo UTGRA c/DGI
https://drive.google.com/drive/folders/16VB0UM-VbH83rtoom2Y3EuLtn3tTeu89?usp=sharingOjo al piojo numero catorce:
Para los casos de IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO que no se encuentren exentas, se recomienda:
a) Antes que nada, HACER EL TRAMITE DE EXENCION
b) Si no se hace/inicia el trámite de exención y la entidad debe presentar las DDJJ de Impuesto a las Ganancias (por haber sido intimados y/o porque es un requisito para solicitar la exencion y/o porque asi lo desean las autoridades de la entidad), tienen 2 caminos:
b.1) Exteriorizar la deuda por impuesto a las ganancias, en cuyo caso la entidad deberá ABONAR dicho impuesto, y eventualmente solicitar la repetición
b.2) Realizar ajustes en la DDJJ de Ganancias, de forma tal de que el impuesto determinado sea CERO
Entiendo que si bien cada caso es particular, no deberían existir problemas para justificar el punto b.2) (lease Dictamen de Laura Monti, en fallo CSJN “Circulo Odontológico de Comodoro Rivadavia”)
Saludos
Marcos Kon
PD: en el punto b.2, tendrias que entrar en "Ajustes de fuente argentina", luego en "disminuyen utilidad o aumentan pérdida" y luego en "ganancia exenta".
para armar la DDJJ de Impuesto a las Ganancias, tenes que partir de los Estados Contables, y esos datos volcarlos en el "Balance fiscal". Antes de eso, en la primera pantalla, te da una opcion de señalar que se trata de una "entidad exenta" pero no lo tildes porque sino despues cuando intentes presentar la DDJJ el sistema de AFIP no te va a dejar continuar, ya que actualmente la entidad NO tiene la exencion de AFIP.
Luego, en la parte de balance fiscal, si vos cargas esos datos, vas a ver que te va a surgir impuesto a pagar. Bueno, despues de eso vas a tener que aplicar el/los ajustes en la pestaña de "Proyectos promovidos-actividad no amparada", luego en "Ajustes Rdos impositivos de fuente arg-disminuyen utilidad o aumentan perdida" y dentro de ahi, en resultados exentos. De esa forma, NO te va a surgir saldo a pagar.
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https://www.youtube.com/watch?v=7omOquNy7so